PREMISAS BÁSICAS PARA LA INTERVENCIÓN EN ENFERMEDAD MENTAL “urgencias”
1.
La mejor intervención es la prevención. Realizar
un diagnóstico precoz de la enfermedad y sus descompensaciones, asegurando el
tratamiento continuo y la intervención temprana
ante los signos de descompensación evitara un número significativo de
situaciones urgentes de alto riesgo.
2.
Las enfermedades mentales deben ser consideradas
como el resto de enfermedades, por lo que los mecanismos de atención a la
urgencia y el traslado de pacientes con enfermedad
mental deben integrarse con los de las urgencias por otras patologías.
3.
El sistema sanitario es el encargado de
responder a la urgencia.
4.
En ocasiones es necesaria una intervención integral
e integradora de recursos asistenciales sanitarios, de transporte sanitario y
cuerpos y fuerzas de seguridad.
5.
Las vías de acceso al sistema, los recursos
disponibles y los procedimientos de intervención deben de estar protocolizados
y deben de ser conocidos por todos los implicados en las situaciones de urgencias por enfermedad mental; personal
sanitario, fuerzas de seguridad, servicios sociales, familiares y pacientes.
6.
Todo el personal implicado ha de contar con
los recursos y la formación necesarios para la adecuada valoración e intervención
ante la urgencia por enfermedad mental.
7.
La decisión de traslado urgente de una
persona con enfermedad mental la toma el médico y psicólogo clínico responsable
de la valoración del paciente. Dicha decisión debe tomarse en ocasiones con la opinión
en contra del propio paciente.
8.
El médico especialista y el psicólogo clínico,
como responsables sanitarios de la salud mental, pueden recabar directamente el
auxilio de los cuerpos y fuerzas de seguridad cuando sea necesario, sin
requerir actuación judicial.
9.
Si el paciente precisa ingresar contra su
voluntad en un centro sanitario, se debe comunicarlo al juzgado de primera
instancia en las 24 a 48 horas siguientes a la decisión médica que motivo dicho
ingreso.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Nota: sólo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.